Principales contenidos del Proyecto de Ley de impulso a las energías renovables

Lunes 22 de Mayo de 2023

Editorial

El pasado 3 de abril la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría el Proyecto de ley que se conoce como “Ley de Cuotas”. Se trata de una iniciativa legal que partió el 15 de diciembre de 2021 y que el actual gobierno decidió continuar en su tramitación, no sin antes ingresar dos conjuntos de indicaciones del Ejecutivo (de diciembre de 2022 y enero de 2023). Ahora está en  el Senado para su discusión y aprobación.

El principal objeto del Proyecto es incentivar el desarrollo renovable y crear un mercado de atributo de energías renovables no convencionales (ERNC) que apoye el desarrollo de nuevos proyectos renovables. 

El cuerpo aprobado por los diputados incrementa el actual porcentaje anual de inyecciones con medios renovables que deben acreditar los suministradores (quienes tengan contratos y realicen retiros del sistema) a un 60% y agrega una nueva exigencia de cuotas por bloques, estableciéndose una obligación de acreditar un 40% de retiros ERNC por bloques horarios. En este ámbito, se establecen de forma transitoria 4 bloques horarios (00:00, 08:00, 19:00 y 24.00) y se deja en manos del reglamento fijar estos bloques hacia el futuro.

Además, el proyecto incorpora la  definición de atributo ERNC al artículo 225 de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE); establece una obligación de traspasar atributo ERNC a clientes finales -libres y regulados- y norma las transacciones de atributos ERNC y adicionales.

En sus artículos transitorios aborda su vigencia y aplicación progresiva, incluyendo una referencia a la fecha de los contratos sujetos a la nueva normativa, que corresponden a aquellos celebrados con posterioridad al 1 de enero 2023. 

En cuanto a la progresión para el cumplimiento de la meta del 60%, la obligación aludida será del 25% al año 2023, con incrementos del 5% a partir del año 2024 hasta llegar al 60% el año 2030, y para la meta del 40%: 12% al año 2023 e incrementos del 4% a partir del año 2024 hasta llegar al 40% el año 2030.

La iniciativa también introduce modificaciones a la normativa sobre licitaciones anuales de ERNC e incorpora un sistema de trazabilidad ERNC a cargo del Coordinador Eléctrico. Se ha identificado este último aspecto como habilitante para el despegue de industrias como la del hidrógeno verde. 

En otro ámbito, introduce modificaciones al artículo 162 de la LGSE sobre unidad de punta incorporando a los sistemas de almacenamiento más eficientes.

Además de lo anterior, incorpora normas relativas a generación distribuida, pequeños medios de generación y sistemas de almacenamiento en distribución. En este sentido, destacamos que el proyecto establece que las obras adicionales y adecuaciones en la red de distribución para la conexión de medios de generación y sistemas de almacenamiento serán de responsabilidad de empresa distribuidora, de cargo del solicitante y costos tarificados por la CNE con ocasión del proceso VAD. También amplía el derecho a inyectar excedentes  asociados a autoconsumo de clientes regulados desde 300 a 500 kW de potencia.

Asimismo introduce la posibilidad de generar acuerdos de operación entre clientes en distribución y empresas distribuidoras para mejorar estándares de calidad de servicio, retrasar inversiones u otras acciones necesarias para el desarrollo eficiente de la red de distribución y, finalmente, incorpora normas sobre generación distribuida municipal pues habilita a las municipalidades a desarrollar proyectos (‘comunidades energéticas’), permitiendo que éstas actúen como agrupadoras de usuarios de la comuna.

Este Proyecto de Ley, sin embargo, no ha estado exento de discusiones. Algunos expertos han criticado la falta de estudio de los costos asociados a este cambio regulatorio y planteado que no es necesario establecer mayores incentivos a la incorporación de ERNC en el sistema, atendido el ritmo creciente de desarrollo de este tipo de generación en la matriz nacional. De otro lado, se valora la existencia de metas específicas que movilicen inversiones y decisiones de política pública y que se incentiven tecnologías que aporten generación no variable al sistema.

Creemos que pese a las objeciones el Proyecto finalmente será aprobado. El gran reto entonces es ver hoy la consistencia de este marco legal -priorizado en la agenda gubernamental- con las medidas para abordar la problemática del mercado de corto plazo que se discuten por la prensa y que deben ser abordadas, esperamos más temprano que el tercer trimestre del año, por la autoridad sectorial.